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Contrato de la vergüenza 
 

Muy pocos limonenses conocen el texto del contrato para la concesión de la exploración y explotación de hidrocarburos otorgado por el Gobierno de Costa Rica (Presidencia y MINAE) a favor de MKJ Xploration en agosto de 1999, que luego traspasa sus derechos a una subsidiaria local de la estadounidense Harken Energy.
 
 

Antecedentes

Como parte del paquete de medidas para cumplir con lo establecido en el III Programa de Ajuste Estructural (PAE III, de 1993), pocos días antes de finalizar la legislatura 90-94, el Congreso aprobó la Ley de Hidrocarburos. Esa ley declara de interés público la exploración y explotación de petróleo y permite al Poder Ejecutivo daren concesión los eventuales yacimientos de petróleo. Tres días antes de terminar su período, el Presidente Calderón Fournier sancionó la ley. Posteriormente, en la administración Figueres Olsen, el gobierno promovió dos licitaciones para explorar y explotar petróleo en Costa Rica. Una pequeña empresa familiar de Louisiana, Estados Unidos, fue la única oferente en la licitación queabarcaba cuatro bloques en el Litoral Caribe (dos marinos y dos terrestres).Esa empresa, no muy conocida en el campo petrolero se llama MKJ-XplorationsInc. En agosto de 1999, el Presidente Rodríguez y la Ministra de Ambientey Energía firman un contrato de concesión de estos bloquesa la empresa MKJ Xploration, Inc. (que más tarde cedería susderechos a Harken). Ese contrato, entre otras disposiciones, establece losiguiente.

20 años

Es para explorar y explotar lo que se encuentre (2.6). El período de exploración es de tres años, prorrogable hasta seis años (3.3.13). El período de explotación es de 20 años más los no utilizados en exploración (3.3.14).

¿Habrá empleo para limonenses?

Según el texto del contrato, se debe emplear "personal calificado, ... de acuerdo a las mejores normas de la industria internacional" (7.1.8)y (7.1.18). Esto contradice lo que la empresa declaró recientementeen la audiencia municipal: que la ley la obliga a contratar personal limonense.
La empresa "procurará incluir desde el inicio una proporción de profesionales y trabajadores costarricenses cuando exista mano de obra calificada. Para ello presentará un cronograma que permita la entrada escalonada anual de trabajadores costarricenses” (38.1). La empresa no da razón de haber presentado ese cronograma.

No soluciona problema de empleo
Se están creando falsas expectativas de empleo, crecimiento y progreso económico. En la fase exploratoria se podrían crear un máximo 60 empleos. De esos la mayoría son gente externa y alguno para labores misceláneas (entrevista con Empresa Harken Costa Rica Holding; realizada el 13 de octubre del 2000, Puerto Moín).

¿Ganancias?

"Debe reinvertir un 5% de sus utilidades netas en el desarrollode programas sociales y ambientales" (7.1.23). En la industria petroleralas compañías generalmente no reportan ganancias . No se establece control de contabilidad. Los programas serían escogidos por la compañía.

Derechos particulares irrespetados

Tiene derecho a un "paso forzado" por propiedad privada, pues puede pedir imposición de servidumbres o expropiaciones pagando indemnización si fuera necesario (7.1.24). La compañía "dispondrálibremente de los hidrocarburos que explote" (7.3.3). Usará víasy medios de comunicación existentes y las aguas y materiales naturalesde construcción requeridos y que se encuentren en el área contratada,como lastre, piedra, etc. (7.3.5). Puede explotar también el gas quedescubra (7.3.7). La información que obtenga la compañíaes confidencial (9.3).

Garantía ambientales insuficiente

La empresa ofreció hacer una inversión total en exploración de $2.980.000 (8.4). Sobre eso garantiza un 10% para cumplimiento ($300.000) y un 1% de "garantía ambiental " ($30.000).

¿Se beneficiaría Costa Rica?

Hay obligación de destinar la producción prioritariamente para "cubrir las necesidades del país". Para ello la Contratista venderá al Estado a un precio ... no mayor al precio de referencia para crudos equivalentes" mejorado por calidad (20.4.4). Esto quiere decir que Costa Rica comprará el barril al precio del mercado. Hay que agregarle el costo de transporte interno, con ganancia para la empresa (21.2). Asimismo, pagará una regalía en dinero o especie. Si es en especie es "puesta en el pozo". La regalía es escalonada sobre el volumen bruto (1% hasta 20 bb; 4% de 21 a 100; 6% de 101 a 300; 8% de 301 a 500; 10% de 501 a 1000 y 15% de 1001 en adelante (23.2). Al ser escalonada, si la producción es de 1100 bb, la regalía sería de 8.7%. No pagan regalíasobre todo lo que utilice la empresa (auto-consumo). 
Esta actividad no generará la prometida riqueza porque el petróleo resultaría ser de la empresa y no del país, mucho menos dela provincia de Limón o sus comunidades. Este tipo de proyectos conlleva un sinnúmero de consecuencias en todos los niveles. Desde ya se da una división y cierta conflictiva en la población. Además, aumentará la brecha entre ricos y pobres y será causante de nuevos problemas sociales y aumentará la delincuencia, precarios,problemas salud, servicios básicos sin resolver.
Además afectaría negativamente a las actuales actividades económicas más importantes de la zona, base de la estructura económica de la provincia: actividades agropecuarias (pesca, agricultura, ganadería porcina y bovina), servicios (portuarios, urbanísticos, etc.), Comercio y el turismo.

¿Y los impuestos?

La empresa pagaría "únicamente" impuesto sobre larenta, la regalía es un gasto deducible (25.1.1). No pagaríaimpuesto sobre remesas al exterior (25.1.2). No hay control estricto sobrela contabilidad. Se excluye la posibilidad de un impuesto de exportacióny hay exoneración total de tributos generales y locales sobre importaciónde equipos y vehículos por todo el período de exploracióny por 10 años de explotación (25.2.1).

¿Quién controlaría la actividad?

Las operaciones serían objeto de control técnico y fiscalización por parte de la Dirección de Hidrocarburos y, en lo ambiental, por parte de la SETENA (29.2). La Defensoría de los Habitantes ya advirtió que SETENA no tiene capacidad, experienciani recursos para llevar a cabo ese control ¿los tendrá la Dirección de Hidrocarburos, dependencia del MINAE?

Especulan con la concesión

La contratista puede ceder o traspasar todo o parte del contrato a otra compañía, autorizada por la Dirección de Hidrocarburos (35.1), a su discreción ( 35.1.3). Ya se dio una cesión deMKJ a Harken Costa Rica Holdings LLC, una empresa de responsabilidad limitada, oriunda de Nevada, con capital de $500.000. El traspaso fue aprobado, aunque ahora Harken quiere "salirse" (ya le vendió la mayoría a MKJ otra vez). La empresa puede subcontratar (37.6).

* Los números entre paréntesis indicanla cláusula del contrato. En caso de duda se puede consultar el documento completo en www.cosmovisiones.com/adela.

Para más información, comunicarse con JoséLuisCastillo, Limón en Lucha, 758 2682, En Cahuita con ADELA: EnriqueJoseph, 755 0017, en el sector de pecadores con Danny Ranqui 3863972. Antecedentes( www.cosmovisiones.com/adela)e información inmediata Mauricio Álvarez, 3869145 o 2241556 


 
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